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Abogada de familia en Madrid

Exploración de los menores en el juzgado

¿Sabes en qué consiste la exploración de los menores en los procedimientos de familia?

Se trata de una entrevista que tendrá lugar entre el menor y el Juez/a y el Ministerio Fiscal, sin la presencia de los padres ni de los abogados de éstos.

Después de la entrevista el Juzgado emite un acta con el resultado de la exploración, y a ésta si tendrán acceso los abogados.  

El menor tiene que tener 12 años o más, para ser explorado. Si es menor de 12 años se podrá acordar si se considera que el menor tiene suficiente madurez.

La finalidad de la exploración es conocer la opinión del menor y sus preferencias, por ejemplo, antes de fijar una guarda y custodia compartida.

Esta prueba la pueden solicitar las partes, el Ministerio Fiscal o acordarla el Juzgado de oficio.

¿Y si los hijos comunes tienen menos de 12 años y no se lleva a cabo la exploración?

Para eso está la prueba pericial, consistente en una entrevista con el Equipo Psicosocial, compuesto por un psicólogo y un asistente social.