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Abogada de familia en Madrid
Procurador de los tribunales

Procurador de los tribunales

Se trata de una figura a veces totalmente desconocida por los clientes, que no entienden por qué tienen que pagar además del abogado al procurador.

Explicado de una manera sencilla, podría definirse como el profesional que representa a los clientes ante los juzgados y tribunales, es decir, mientras que el abogado defiende tus derechos, el procurador te representa.

Pero su labor va mucho más allá de esto, ya que es el encargado de presentar los escritos, llevar la documentación al Juzgado, recibir y comunicar las notificaciones, estar presente en los juicios, controlar los vencimientos y plazos judiciales, pagar las tasas o depósitos judiciales, etc.

Al igual que en el caso del abogado, es licenciado o graduado en Derecho, y debe estar dado de alta en el Colegio de Procuradores del lugar donde va a ejercer la profesión, aunque tras la reforma procesal pueden ejercer en todos los partidos judiciales.

Su presencia no es obligatoria en todos los procedimientos judiciales, hay una serie de excepciones:

  • En procedimientos penales su intervención es obligatoria desde la apertura del juicio oral.
  • En procedimientos laborales su intervención es facultativa (no es obligatoria).
  • En procedimiento administrativos su intervención es obligatoria en órganos no unipersonales (Audiencia Nacional, Audiencias Provinciales, Tribunal Superior de Justicia).
  • En procedimientos civiles no es obligatoria su intervención en procedimientos verbales cuya cuantía no exceda de 2.000 € (excepto cuando sea por razón de la materia), en la petición inicial de monitorio, en los procedimientos de jurisdicción voluntaria, etc.

Si bien es cierto, que a veces los abogados, aunque no sea necesaria su presencia en algunos procedimientos, preferimos que se persone para que puedan seguir el procedimiento y realizar las gestiones necesarias.